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sábado, 13 de diciembre de 2008

RESPUESTA DEL SEF A LAS RECLAMACIONES PRESENTADAS AL PROCESO SELECTIVO DE ALUMNOS AL TALLER DE EMPLEO

ASUNTO: Selección de los alumnos trabajadores del Taller de Empleo para el Ayuntamiento de Moratalla:

En contestación al escrito presentado en la Oficina de Empleo de Moratalla, dirigido al Excmo. Sr. D. Constantino Sotoca Carrascosa, titular de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por el que se solicita explicación en torno al proceso de selección de alumnos trabajadores del Taller de Empleo del Ayuntamiento de Moratalla, se expone:

1.-La normativa reguladora de dicha selección, viene dada por la Orden de 17 de enero de 2008 (BORM Nº 29 del 4 de febrero de 2008), del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se modifica parcialmente la Orden de 10 de marzo de 2006, de bases reguladoras de subvenciones de los programas de Escuelas Taller y Casas de Oficios, Talleres de Empleo y Unidades de Promoción y Desarrollo.

2.-Esta Orden, en su apartado séptimo, da nueva redacción al art. 21 de la mencionada Orden de 10 de marzo de 2006. En dicho artículo se establecen los requisitos mínimos que han de cumplir los candidatos que participen en los procesos de selección de alumnos trabajadores en Escuelas Taller, Casas de Oficios o Talleres de Empleo, así como el orden de prelación que ha de ser aplicado por las Oficinas de Empleo en su preselección.

3.-Por su parte, en el anexo V de la Orden de 17 de enero se establecen y detallan los requisitos mínimos de los alumnos trabajadores, el procedimiento de selección, las prioridades para la selección de candidatos, el baremo de méritos para todas las prioridades, la documentación a aportar por los candidatos y la documentación a aportar por la Oficina de Empleo del SEF en relación con los demandantes preseleccionados.

4.- La disposición final única de la Orden de 17 de enero de 2008 establece que su entrada en vigor había de producirse el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

5.- De acuerdo con el ámbito competencial atribuido al Servicio Regional de Empleo y Formación, la mencionada Orden resulta de aplicación a todos los procesos de selección de alumnos trabajadores que hayan de participar en las Escuelas Taller, Casas de Oficios y Talleres de Empleo que operen en la Región de Murcia.

6.-La referida normativa, amén de su publicación oficial a través del Boletín Oficial de la Región de Murcia, se encuentra publicada en el Portal de Empleo y Formación de la Región de Murcia, http: //www.sefcarm.es, en el apartado AREA DE EMPLEO dentro del epígrafe: Escuelas Taller, Casas de Oficio y Talleres de Empleo.

7.-Una vez examinado el proceso desarrollado para la preselección de los alumnos trabajadores que habían de incorporarse al Taller de Empleo de Moratalla se constata su total adecuación a las bases reguladoras de dicho programa, anteriormente expuestas. En consecuencia, queda asegurada transparencia y justicia del mismo.

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